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Mapuche, jueves 23 de Mayo de 2013.
Inédito
fin de montaje, Ministerio Público solicita libertad de Orlando Cayul Colihuinca.
Un gran revés tuvo el montaje preparado por el
Ministerio Público, guiado por el Fiscal Omar Mérida, quien sin previa
investigación acusó y formalizó por cargos de incendio al estudiante Mapuche y
miembro de la Comunidad Autónoma Temucuicui, Orlando Cayul Colihuinca el día
viernes 17 de mayo de 2013, después de un violento allanamiento al hogar
mapuche de Temuco Lahuen Mapu, lugar donde fue detenido el estudiante mapuche.
Posteriormente y sin que existieran pruebas y
antecedentes que acreditaran la participación de Orlando Cayul en el delito, la
jueza Marcia Castillo, aplicó la prisión preventiva.
Las autoridades tradicionales de la comunidad
Autónoma Temucuicui, el Werken Jorge Huenchullan y el Lonko Víctor Queipul, al
momento de declararse la prisión preventiva, manifestaron de manera categórica
que estaban frente a otro orquestado montaje del Ministerio Publico y
aseguraron que demostrarían la inocencia del peñi. Ahora y de manera inédita en
la Justicia Chilena, el ministerio público al no poder continuar sosteniendo el
montaje, solicitó la libertad inmediata del Orlando Cayul.
Consultado por esta inédita situación judicial,
el werken Jorge Huenchullan manifestó que "valoramos la libertad del peñi,
pero estudiaremos esta grave situación y posteriormente daremos a conocer los
pasos a seguir contra el Ministerio Público, porque esto se tiene que terminar,
el ministerio público ha hecho habitual los montajes para perjudicar al Pueblo
Mapuche, reitero que estamos ante un ejemplo claro de montaje del Ministerio Publico".
Adjuntamos información de solicitud del Ministerio Publico y resolución del tribunal.
Por equipo
de comunicación.
Temuco,
veintitrés de mayo de dos mil trece.- kga
A
LO PRINCIPAL Y OTROSÍ: Atento a
lo informado por el Ministerio Público y al mérito de los antecedentes, se
resuelve:
Dése
inmediata orden de libertad, al imputado ORLANDO BENJAMÍN CAYUL COLIHUINCA
en la presente causa.
Notifíquese al imputado ORLANDO BENJAMÍN CAYUL COLIHUINCA, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 del Código Procesal Penal.
Notifíquese a los intervinientes, vía
correo electrónico.
RUC 1300488888-4
RIT 4470 - 2013
Resolvió
don (ña) LUZ
MONICA ARANCIBIA MENA, Juez del Juzgado de Garantía de Temuco.